Los jueces de Barcelona determinan que cortar suministros básicos en viviendas ocupadas no constituirá delito

En un reciente acuerdo alcanzado por las secciones penales de la Audiencia de Barcelona, se ha decidido que no constituirá un delito de coacciones el hecho de que los propietarios no proporcionen ni mantengan los servicios básicos como luz y agua en inmuebles ocupados ilegalmente. Esta decisión surge como resultado de una reunión que tuvo lugar el pasado viernes, donde los magistrados buscaron homogeneizar sus criterios frente a los casos de ocupación ilegal de propiedades.

En cuanto a las noticias jurídicas, es relevante destacar que, a diferencia de lo que ocurre en otras jurisdicciones, los tribunales barceloneses también han establecido que no se puede desechar un reporte de usurpación leve sin antes mandar a la policía a identificar a los ocupantes de la propiedad. Este proceder marca un contraste significativo respecto a otras audiencias provinciales, las cuales han aprobado los desalojos rápidos (o desalojos exprés) de inmuebles ocupados sin necesitar una orden judicial dentro de las primeras 24 horas de ocupación. Un ejemplo de esto es la Audiencia de Girona, que el 22 de noviembre respaldó la intervención policial para facilitar estos desalojos.

Propuestas para agilizar desalojos

Por otro lado, también se ha registrado que los colegios de abogados de ciudades como Barcelona, Málaga y Madrid, propusieron en enero medidas para agilizar estos procesos de desalojo. Dichas propuestas sugieren las reformas legislativas necesarias para que los jueces puedan dictar medidas cautelares que permitan el desalojo en menos de 48 horas. Esta serie de decisiones y propuestas serán comunicadas a todos los jueces de Barcelona, la Fiscalía y los colegios de la abogacía, estableciendo una clara distinción en el manejo jurídico de la ocupación de inmuebles entre diferentes provincias españolas.